El Boletín Oficial del Estado ha publicado finalmente un manual con las características que deben tener los patinetes eléctricos (Vehículos de Movilidad Personal) para poder circular por las calles de las ciudades.
La norma se aplicará en dos fases, una en 2024 y otra en 2027.
A pesar de esto, Tráfico ha establecido una lista con los patinetes que sí podrán circular por las vías y los que deberán dejar de hacerlo
La DGT ha señalado que el objetivo de la regulación es garantizar unos estándares mínimos de seguridad a conductores y peatones y señalan que solo en 2020 ocho personas murieron por accidentes con un patinete eléctrico.
Por lo tanto, han decidido limitar la velocidad máxima a 25 km/h
VEHÍCULO DE MOVILIDAD PERSONAL
El manual define primero qué es un Vehículo de Movilidad Personal (VMP):
«Vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Solo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado».
Por lo tanto, están excluidos los juguetes de más de 6 km/h, los vehículos para personas con movilidad reducida y las bicicletas de pedaleo asistido
CARACTERÍSTICAS DE LOS PATINETES BUENOS
Para poder circular los patinetes deberán tener:
- Un sistema antimanipulación que no permita al conductor ir a más velocidad de la permitida legalmente.
- Levar reflectante, una luz de freno y un sistema sonoro para advertir al resto de personas de su presencia.
- Los neumáticos tendrán que ser de dibujo y no lisos.
- Tendrán que disponer de una ‘pata de cabra’.
Además para garantizar que cumplen los requisitos los modelos deberán pasar por laboratorios, aunque esto aún no se ha desarrollado. No obstante, a partir de enero de 2024, esta homologación será obligatoria para todos los nuevos patinetes que se vendan en España.