La AN reabre la causa contra Ghali por presunto genocidio porque el juez Pedraz no tenía competencia para archivarla

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha revocado el archivo de la causa contra Brahim Ghali, líder del Frente Polisario, dictado el 29 de julio por el titular del Juzgado Central de Instrucción nº 5, Santiago Pedraz.

La causa fue iniciada por una querella presentada por la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos, entre otras, por presunto delito de genocidio, torturas, terrorismo, lesiones, detención ilegal y desapariciones.

El tribunal ha estimado parcialmente los recursos presentados por los querellantes

Ghali fue puesto en libertad sin medidas cautelares tas declarar durante menos de dos horas por videoconferencia desde el Hospital San Pedro de Logroño ante el juez Pedraz.

Éste rechazó en esos momentos tomar medidas cautelares y acordaba en un primer lugar que Ghali diera un domicilio y teléfono en España para que pudiera ser localizado.

Luego, Pedraz archivó la causa

La Audiencia Nacional ha recordado que los delitos tipificados deben tramitarse como sumario, algo que no ha ocurrido, puesto que el juzgado lo tramitó como diligencias previas de procedimiento abreviado.

Además, en el sumario, la decisión de sobreseimiento es «exclusiva» de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y tal decisión puede recurrirse de acuerdo con el artículo 848 de la Ley de Enjuiciamiento criminal.

Así pues, los magistrados resuelven que el juez central de instrucción Pedraz no tenía competencia para decidir sobreseer la causa y lo han revocado.

El juez deberá acordar lo que considere procedente en relación a la conclusión de sumario con o sin procesamiento.

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