El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ratifica la condena de Rodrigo Lanza, el asesino del «crimen de los tirantes»

EL OKUPA ANTISISTEMA RADICAL PIERDE EL RECURSO

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha rechazado el recurso presentado por la defensa de Rodrigo Lanza, condenado por el asesinato de Víctor Laínez.

Este homicidio, denominado el «crimen de los tirantes», ratifica la sentencia dictada el 22 de septiembre de 2020 por la Audiencia Provincial de Zaragoza. Se le condenó a veinte años de prisión por un delito de asesinato con alevosía con el agravante de obrar por motivos ideológicos.

LOS HECHOS

El suceso ocurrió el 8 de diciembre de 2017 en el bar Tocadiscos en Zaragoza. Lanza procedió a arremeter contra la víctima por llevar unos tirantes con la bandera de España, tildándole de «fascista» y exclamando que «no querían nazis en el barrio» y «que no era bienvenido». Una vez en el exterior del local, atacó brutalmente a Víctor Laínez golpeándole repetidamente y propiciándole cuando se encontraba tendido en el suelo una patada en la cabeza.

Cuatro días más tarde Víctor Laínez falleció.

ANTECEDENTES Y APOYO POLÍTICO Y MEDIÁTICO

No es la primera vez que este criminal asesino ataca a alguien; Rodrigo Lanza ya dejó tetrapléjico a un policía local de Molins de Rei (Barcelona), Juan José Salas, casado y con cuatro hijos al lanzarle una maceta a la cabeza desde el interior de un casal okupa. El golpe y la caída hicieron que el agente sufriera una rotura de cráneo por cuatro sitios. Con solo 39 años.

Medios de comunicación y gente de izquierda apoyaron al criminal. Incluso se acabó publicando un documental, subvencionado por el Ayuntamiento de Barcelona, llamado «Ciutat Morta» en el que le mostraban a él y a otros antisistema como héroes. En resumen, una campaña que clamaba que era una víctima de un montaje policial y que le consideraba inocente.

También fue fuertemente apoyado por personalidades de izquierda. Como Pablo Iglesias, Ada Colau, Julia Otero, Juan Carlos Monedero o Jordi Évole entre otros.

«Habrá que esperar a ver qué es lo que dice el juez. A mí me resulta dudoso que alguien desarrolle tal cantidad de violencia porque alguien lleva unos simples tirantes con la bandera de España. A mí eso me cuesta mucho trabajo creérmelo. Es decir, habrá más cosas y ojalá muy pronto la justicia las establezca». (Monedero hablando del caso actual)

«Gracias Xavi y Xapo por mostrarnos otra versión de los hechos, la que se quiso silenciar, gracias por denunciar la tortura y por no estigmatizar a nadie por algo tan superficial como su estética». (Jordi Évole hablando del documental tras el ataque que dejó tetrapléjico a un policía).

Personas en Twitter también defendieron el asesinato como justificado alegando que la víctima era «nazi»

EL JUICIO Y LA RATIFICACIÓN

VOX ejerció de acusación popular en este caso por medio del abogado David Arranz y exigía 25 años por asesinato «con alevosía y agravante de motivos ideológicos»

Zulueta, el abogado de la defensa, es conocido por haber defendido al presunto cerebro del brutal atentado de Atocha, Rabei Osman el Sayed, Mohamed El Egipcio, absuelto en el proceso en España y que actualmente cumple condena de ocho años en Italia por pertenencia a banda armada. A pesar de que intentó sostener una versión exculpatoria, fue incapaz cuando los testigos empezaron a dar testimonio.

De hecho, un amigo del condenado llegó incluso a reconocer que Lanza «estaba fuera de sí», que intentó pararle, que «nada habría ocurrido si nos hubiéramos marchado» y explicó que fue el antisistema el que se acercó a la víctima que en ningún caso inició el encuentro.

La policía también describió el horripilante escenario: Los ojos prácticamente le salían de las órbitas, respiraba muy poco, sangraba por la boca, por los oídos, por todas partes«.

La resolución reza tajantemente que: «el jurado no tuvo dudas acerca de que el acusado al realizar la agresión, buscó o se aprovechó de las condiciones que impedían defenderse a la víctima» y también que existen «hechos objetivos que sustentan la agravante de motivos ideológicos, que los miembros del Jurado han considerado probados por unanimidad».

También rechazó la sala la alegación de parcialidad en las instrucciones dadas al jurado y la petición de que se devolviera la causa a la Audiencia para celebrar un nuevo tribunal del jurado. Han declarado que la defensa introduce en su recurso «diversas críticas y valoraciones, en muchos casos puramente subjetivas, a la actuación de la magistrada-presidente en el momento de dar las instrucciones a los jurados» y que «cuando la magistrada procedió a dar las instrucciones y explicaciones a las que se refiere, el letrado de la defensa no realizó ninguna protesta, ni pidió ningún tipo de aclaración o adición a las instrucciones que se estaban proporcionando, lo que pone de manifiesto su conformidad, tal como se observa en la grabación».

Respecto a la impugnación de las declaraciones de los testigos han afirmado que «se trata de testigos ocultos en el momento de prestar declaración, no testigos anónimos o desconocidos para las partes, puesto que su identidad era perfectamente conocida desde la fase de instrucción y figuraba en las actas del juicio oral. Tampoco se trata de testigos protegidos respecto de los que se hayan adoptado las medidas necesarias para preservar su identidad, tal como prevé la Ley» y pudieron interrogarlos sin limitación alguna así pues tampoco hubo «ninguna merma del principio de contradicción o del derecho de defensa».

Contra la sentencia cabe recurso de casación en el Tribunal Supremo, que tendría que presentar antes de cinco días.

Deja un comentario