El ministro de Justicia es el responsable directo del contenido de los indultos firmados por el Rey, según el artículo 64 de la Constitución

Horas después de haberse aprobado los indultos a los nueve presos independentistas del procés, el Rey Don Felipe VI ha hecho una breve pero sentida defensa de la Constitución Española.
En su primer discurso tras la firma de los indultos, el rey ha querido destacar los “principios y valores constitucionales que fundamentan nuestras leyes”, los cuales ha definido como “bases solidas sobre las que se sustentan nuestra democracia”, junto a “la libertad de información y a la libertad de expresión”.
Esos mismos principios constitucionales obligan al monarca a ejercer la responsabilidad de firmar los indultos aprobados por el Gobierno de Pedro Sánchez, en el artículo 62.
Su rúbrica se esperaba para la tarde del martes, horas antes de que el texto saliese en el BOE y de que los presos independentistas salieran en libertad.
Artículo 62
Corresponde al Rey:
a) Sancionar y promulgar las leyes.
[…]
i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.
La norma superior del Ordenamiento Jurídico español añade, en el artículo 64, que “de los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden”, lo que quiere decir que, el ministro de Justicia sería el responsable del contenido del decreto firmado por Felipe VI.
Felipe VI dejó claro su compromiso con la Constitución española el pasado lunes.
“Me sumo a participar en ese futuro de paz y recuperación, de oportunidades, de entendimiento y prosperidad por el que todos trabajamos y que todos deseamos para España”.
En los indultos firmados, el Rey dejó claro en su frase final una condición clave.
Con un «Vengo en indultar a … la pena privativa de libertad pendiente de cumplimento, a condición de que no vuelva a cometer delito grave…«.