Conducir con un abrigo voluminoso supondrá una multa de 200 euros

En estas fechas invernales, es común ver a conductores en el interior de sus vehículos circulando abrigados, ya sea por haber dejado el coche aparcado en la calle mucho tiempo o por que se les olvidado quitarse el abrigo.

El conducir con un abrigo voluminoso puede ser sancionable con una multa de 200 euros

Esta es la nueva multa de la Dirección General de Tráfico (DGT), por conducir el vehículo con una prenda de abrigo que afecta a las funciones del cinturón de seguridad e impide una movilidad normal afectando a la seguridad del conductor.

Otras prendas no recomendables son los guantes, ya que reducen considerablemente la sensibilidad al volante.

En el código de circulación no existe un apartado donde regule el llevar abrigos al volante. La norma más parecida que afecta a la vestimenta del piloto es la que dice que el conductor debe llevar «ropa que le permita libertad de movimientos y garantice su seguridad».

Al margen de la vestimenta, supondrá otra multa de 80 euros, el morderse las uñas, discutir o darle un beso al copiloto. También es sancionable conducir con la música a un volumen demasiado alto, circular con un vehículo sin silenciador, conducir con los pasajeros si una posición adecuada o aparcar en un espacio protegido.

En bicicleta también nos encontramos con sanciones por descuidos o imprudencias, ya que ir con los auriculares puestos y en sentido contrario a la circulación, por la acera, o sin el casco son algunos descuidos que pueden salirnos muy caros. Pyramid Consulting nos recuerda que algunas de las multas por conductas incorrectas mientras se circula en bicicleta pueden llegar a los 30.000 euros.

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